Aumentan los controles de tráfico en los puertos y los costos de transporte

La Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante (SSPVNyMM), mediante Disposición Nº 13/2019 publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, ha dispuesto la obligatoriedad de comunicar las tarifas, rutas, frecuencias y calidad del servicio para cumplimiento de todos los agentes y armadores marítimos y fluviales que realicen tráficos regulares en puertos argentinos.

La Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante (SSPVNyMM), mediante Disposición Nº 13/2019 publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, ha dispuesto la obligatoriedad de comunicar las tarifas, rutas, frecuencias y calidad del servicio para cumplimiento de todos los agentes y armadores marítimos y fluviales que realicen tráficos regulares en puertos argentinos.

El ministerio de Transporte estableció que a partir del 1º de mayo de 2019 todos los puertos y y los agentes y armadores marítimos y fluviales  que requieran habilitación, con carácter obligatorio, deberán realizar el trámite de actualización nacional de tarifarios, libros y declaración de empresas o sujetos prestadores de servicios en jurisdicción portuaria, disponible en la plataforma de trámites a distancia TAD, del sistema de gestión documental electrónica (GDE).

Según la disposición 13/2019 publicada este martes en el Boletín Oficial, el trámite deberán realizarlo ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/. Así, tendrán que cumplimentar el trámite a distancia (TAD) denominado “Actualización Nacional de Costos Portuarios”. La norma está publicada en el Boletín Oficial en el link: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/201484/20190212

Asimismo, según la medida, a partir del 1º de mayo de 2019 todos los agentes y armadores marítimos y fluviales que realicen tráficos regulares en puertos argentinos estarán obligados a comunicar sus tarifas, rutas, frecuencias y calidad del servicio mediante el trámite a distancia (TAD) denominado “Actualización Nacional de Servicios de Armadores y Agentes Marítimos y Fluviales”.

En tanto, la carga de la información, deberá ser actualizada por los sujetos obligados con una periodicidad cuatrimestral, operando el vencimiento para la carga los días 30 de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año. En cada oportunidad que se produzcan cambios respecto de la información declarada, deberá ser actualizada de idéntica manera.

En este sentido, según la cartera de Guillermo Dietrich, “la presente medida que se adopta implica un avance en la transparencia de la gestión y la posibilidad de incorporar nuevos trámites al módulo TAD”.

De esta manera, la medida explica que son objetivos del Poder Ejecutivo mejorar las condiciones de competitividad de la economía, contribuir a la creación de empleo de calidad y promover la inversión y el desarrollo económico sostenido del país. “En ese contexto y en el marco de un abordaje integral y sistémico de los desafíos del sistema de control de la autoridad portuaria nacional se estima conveniente adoptar medidas que reduzcan los costos y fomenten el crecimiento económico”, aclara el texto oficial. (EL INTRANSIGENTE/NUESTROMAR/SSPYVN)

13/02/2019 #NUESTROMAR

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